ESCUDOS DE ASTURIAS
 
BANDERAS DE ASTURIAS
   
ESCUDOS HISTÓRICOS
DE ASTURIAS
   
PROVINCIA DE ASTURIAS
   
UNIVERSIDAD DE OVIEDO
 Principado de Asturias
 
 
     Asturias se constituye en Comunidad Autónoma por la aprobación, el 30 de diciembre de 1981, del Estatuto de Autonomía para Asturias (Ley Orgánica 7/1981; BOE de 11 de enero de 1982).

     El citado Estatuto de Autonomía no define el escudo del Principado de Asturias. El apartado 2 del artículo 3 apunta su existencia pero no lo detalla:

 
     «El Principado de Asturias tiene escudo propio y establecerá su himno por Ley del Principado.»
 

     La Ley [del Principado de Asturias] 2/1984, de 27 de abril de 1984 (BOPAP de 4 de mayo de 1984) describe el escudo en su artículo 2:

 
     «El Escudo del Principado de Asturias es rectangular, cuadrilongo y con los extremos del lado inferior redondeados y una punta o ángulo saliente en el centro de dicho lado, con la proporción de seis de alto por cinco de ancho.

     Trae sobre campo de azur o azul la Cruz de Asturias, que llama de la Victoria, de oro, guarnecida de piedras preciosas de su natural color, y las letras Alpha mayúscula y Omega minúscula, también de oro, pendientes de sus brazos diestro y siniestro, respectivamente; y sendas líneas, con letras de oro, la leyenda

HOC SIGNO TVETVR PIVS
HOC SIGNO VINCITVR INIMICVS

la primera al flanco diestro la segunda al flanco sinistro.

     Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo.»
 

     En el anexo de la citada Ley se establece el modelo oficial:

Modelo oficial del escudo del Principado de Asturias
 


 

     Asimismo, la disposición adicional de la referida Ley encomendó al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias que, en el plazo de dos meses, regulase por Decreto «las especificaciones técnicas de los colores del Escudo del Principado» y «los logotipos de reproducciones simplificadas del Escudo para uso oficial». Dicha regulación se efectuó por el Decreto autonómico 118/1984, de 31 de octubre de 1984 (BOPAP de 29 de noviembre de 1984), unos meses más tarde de lo preceptuado y sin efectuar modificación alguna en el modelo oficial del escudo del Principado de Asturias para elaborar la reproducción simplificada. Finalmente, por Decreto autonómico 59/1985, de 13 de junio de 1985 (BOPAP de 11 de julio de 1985), se aprobó un verdadero diseño simplificado «de uso exclusivo de la Administración del Principado».

Diseño simplificado del escudo del Principado de Asturias
 

 
 
Versión a color
 
 
Versión especial o de prestigio

 
 
Versión a una tinta (azul corporativo)
 
 
Versión a una tinta (negro)

     NOTA: cuando el escudo va en relieve o en tamaño menor a 25 mm. de altura se suprimen los textos laterales.
 
 

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