El Estatuto de Autonomía para Cantabria (Ley Orgánica 8/1981;
BOE de 11 de enero de 1982)
definió, en el primer párrafo del artículo 3, la bandera de Cantabria de la forma siguiente:
«La bandera propia de Cantabria es la formada por dos franjas horizontales
de igual anchura, blanca la superior y roja la inferior.»
El Decreto [de Cantabria] 58/1982, de 6 de julio de 1982
(BOC
de 12 de julio de 1982), establece al uso de la bandera de Cantabria «en todos
los edificios públicos civiles, tanto de ámbito regional como municipal dentro
del territorio de la Comunidad Autónoma».
La Ley [de Cantabria] 9/1984, de 22 de diciembre de 1984,
(BOC
de 9 de enero de 1985), obliga al uso de la bandera de Cantabria junto a la de España
cuando ésta última ondee en el exterior u ocupe el
lugar preferente en el interior «de todos los edificios públicos civiles
del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma».
Finalmente, el Decreto [de Cantabria] 33/1986, de 6 de junio de 1986
(BOC
de 18 de junio de 1986), que deroga el mencionado Decreto de 58/1982, dispone el uso de la bandera
de Cantabria en términos similares a la Ley 9/1984.
Hasta la aprobación en 1987 de la
ley de
uso conjunto de la bandera y escudo no se obligó legalmente a que
la bandera de Cantabria llevase escudo alguno, aunque sí estuviese prevista su
incorporación a la enseña.
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ADOPCIÓN |
30-12-1981 |
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ENTRADA EN VIGOR |
11-01-1982 |
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DEROGACIÓN |
07-04-1987 |
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Datación y especificaciones |
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Bandera de Cantabria con escudo de la extinta Diputación Provincial |
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El Decreto [de Cantabria] 58/1982, de 6 de julio de 1982
(BOC
de 12 de julio de 1982), define la bandera de Cantabria como la «formada
por dos franjas horizontales de igual anchura, blanca la superior y roja la inferior,
pudiendo tener situado en su centro el escudo de la extinta Diputación Provincial,
mientras no sea sustituido por Ley de la Asamblea Regional».
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ADOPCIÓN |
06-07-1982 |
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ENTRADA EN VIGOR |
12-07-1982 |
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DEROGACIÓN |
10-01-1985 |
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Datación y especificaciones |
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Bandera de Cantabria con escudo de Cantabria |
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El
Decreto [de Cantabria] 58/1982, de 6 de julio de 1982
(
BOC
de 12 de julio de 1982), establece que la bandera de Cantabria puede
«tener
situado en su centro el escudo de la extinta Diputación Provincial, mientras no sea
sustituido por Ley de la Asamblea Regional». Esta sustitución vino determinada por la
Ley
[de Cantabria] 9/1984, de 22 de diciembre de
1984.
Posteriormente, el Decreto [de Cantabria] 33/1982, de 6 de junio de 1986
(BOC
de 18 de junio de 1986), que deroga el anterior, indica que el escudo de Cantabria figurará
«con carácter potestativo en la bandera de Cantabria».
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ADOPCIÓN |
22-12-1984 |
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ENTRADA EN VIGOR |
10-01-1985 |
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DEROGACIÓN |
07-04-1987 |
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Datación y especificaciones |
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